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¿Quiénes pueden acceder y cómo solicitar la prestación por desempleo?

La prestación por desempleo es una asistencia que se brinda para contrarrestar la caída abrupta de ingresos generada por la pérdida involuntaria del empleo, reducir el riesgo al desaliento y ayudar a la búsqueda y selección de un nuevo trabajo.


  •  Proporcionar toda documentación solicitada y comunicar los cambios de domicilio
  •  Aceptar los empleos adecuados que le sean ofrecidos por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y asistir a las acciones de formación para las que sean convocados.
  • Aceptar los controles que establezca la autoridad de aplicación (leer atentamente el ticket o recibo de cobro donde se le indicará día y hora de presentación).
  • Solicitar la suspensión del pago del Seguro por Desempleo al incorporarse a un nuevo trabajo (5 días hábiles para realizar el trámite).
  • Reintegrar los montos de prestaciones indebidamente percibidas.

¿Quiénes pueden solicitarla?

Está dirigido a los trabajadores asalariados registrados, legalmente despedidos “sin justa causa” o “por fuerza mayor”, o bien que hayan perdido su trabajo por quiebre de la empresa en la que trabajaban.

¿Qué otorga el seguro por desempleo?

  • El monto de la prestación económica es variable. Para los casos de las Leyes N° 24.013 y N° 25.371 el mismo no puede ser inferior a los $ 6.000 ni superior a los $ 10.000, más las Asignaciones Familiares que le correspondan. (Monto modificado por Resolución N° 4/2020 del RENATRE a partir de octubre de 2020)

  • En el caso de las prestaciones económicas de la Ley N°25.191 el monto no puede ser inferior a los $ 7.260 ni superior a $ 14.520, más las Asignaciones Familiares que le correspondan. (Monto modificado por Resolución N° 789/2020 del CNEPYSMVYM#MT a partir de diciembre de 2020).

  • Pago de asignaciones familiares.

  • Cobertura médico asistencia.

  • Reconocimiento de la antigüedad para la jubilación

  • Posibilidad de cobrar juntas todas las cuotas del Seguro por Desempleo para desarrollar un emprendimiento (Modalidad de Pago Único).

Para desalentar la desocupación voluntaria y estimular la búsqueda de un nuevo empleo existe una escala decreciente en la prestación que se modifica cada cuatro meses. Durante el primer período se percibe el 100% de la prestación adjudicada, de la cuota quinta a la octava el 85% y el 70% durante los últimos cuatro meses, más las asignaciones familiares correspondientes.

¿Cuánto tiempo dura el seguro?

La duración depende del tiempo que se haya trabajado y contribuido al Sistema de Seguridad Social. La duración de las prestaciones va de 3 a 8 meses y si sos mayor de 45 años, el seguro automáticamente dura 6 meses.

¿Cómo y dónde inscribirme?

El plazo para iniciar el trámite es de 90 días hábiles desde que finaliza la relación laboral. Los días que exceden de este plazo son descontados del total del período de prestación que le corresponda al trabajador/a.

Deberás acercarte a una oficina de la ANSES si sos un trabajador comprendido por las Leyes Nº 4.013 y N° 25.371(LINK) o a el RENATRE si sos trabajador comprendido por el Régimen de Trabajadores Rurales (LINK).

Es importante recordar que para mantener el cobro de la prestación, el trabajador debe cumplir las siguientes responsabilidades

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